Si ha perdido su empleo por causas ajenas a su voluntad, estamos aquí para ayudarle. Esta página describe sus derechos y responsabilidades al solicitar beneficios, ayudándole a evitar posibles problemas o retrasos.
Una vez que presente su reclamación, usted será responsable de cumplir con los requisitos de los beneficios por desempleo de Virginia.
¿Qué es el Seguro de Desempleo?
El propósito del Seguro de Desempleo es proporcionar beneficios a los trabajadores durante períodos de desempleo cuando no haya trabajo adecuado disponible. Estos beneficios se financian mediante los impuestos pagados por los empleadores que están cubiertos por la Ley de Compensación por Desempleo de Virginia. Ninguna parte del costo de sus beneficios de desempleo se deduce de sus ingresos.
Su posible derecho
Después de presentar su reclamo inicial de beneficios de desempleo, recibirá una Declaración de salarios y derechos potenciales. Este documento detalla la cantidad potencial de su beneficio semanal y el número de semanas que podría recibir beneficios, si califica. Estas cifras se calculan en función de sus ingresos del empleo cubierto durante el Período Base.
Es importante que lea detenidamente esta declaración para asegurarse de que todos sus empleadores y salarios hayan sido reportados correctamente.
El período base ayuda a determinar su elegibilidad para beneficios. Así es como funciona:
- El período base consta de los primeros cuatro de los últimos cinco trimestres calendario completados antes de la fecha efectiva de su reclamación.
- La fecha de vigencia de su reclamo es siempre el domingo de la semana en que lo presenta.
Si no califica para beneficios bajo este período base regular, todavía puede calificar bajo un período base alternativo.Sin embargo, tenga en cuenta que no puede elegir qué período base se aplica a su reclamación.
Calculadora de período base
Esta herramienta en línea puede ayudarle a identificar de forma rápida y precisa su periodo base personal.
Período base regular

Visualización del período base regular. 
Período base alternativo

 Visualización del período base alternativo. 
Actualmente, el monto máximo del beneficio semanal es $378 y el mínimo es $60. Sus ganancias combinadas de dos trimestres en el período base deben totalizar al menos $18,900.01 para calificar para la cantidad máxima de beneficio semanal. La duración del beneficio varía de 12 a 26 semanas, también dependiendo de los salarios ganados en el período base.
Usted debe declarar todos los salarios brutos, no los netos, durante la semana en la que se devengan, no en la que se pagan. Si los salarios brutos, no los netos, que usted gana son inferiores a la cantidad de su beneficio semanal, puede recibir beneficios por desempleo. Sin embargo, el monto de los salarios brutos que excedan $100 se deducirá de la cantidad de su beneficio semanal. Si sus salarios brutos semanales son iguales o superiores al monto de su beneficio semanal, no se le pagarán beneficios por esa semana.
Por ejemplo, si su salario semanal bruto es de $200 y el monto de su beneficio semanal es de $300, el monto de su beneficio reducido es de $200. Calculamos esto de la siguiente manera:
- Restando el $100 del salario bruto: $200 - $100 = $100
- Restando el monto calculado del monto del beneficio: $300 - $100 = $200
Para recibir beneficios, debe haber ganado al menos $3,000 en sus dos trimestres de mayor pago combinados.
Su monto de beneficio semanal (WBA) se basa en sus salarios de los dos trimestres más altos, hasta el límite legal de Virginia.
Su monto máxima de beneficio (MBA) es el máximo que usted puede recibir durante su año de beneficio. Se basa en el total de sus salarios del período base, que también están sujetos al límite legal del estado.
| Fecha de vigencia de la reclamación | Período base | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Año actual | Anterior Año | El año pasado | Este año | ||||
| Enero Febrero Marzo | |||||||
| Octubre Noviembre Diciembre | Enero Febrero Marzo | Abril Mayo Junio | Julio AgostoSeptiembre | ||||
| Abril Mayo Junio | |||||||
| Enero Febrero Marzo | Abril Mayo Junio | Julio Agosto Septiembre | Octubre Noviembre Diciembre | ||||
| Julio Agosto Septiembre | |||||||
| Abril Mayo Junio | Julio Agosto Septiembre | Octubre Noviembre Diciembre | Enero Febrero Marzo | ||||
| Octubre Noviembre Diciembre | |||||||
| Julio Agosto Septiembre | Octubre Noviembre Diciembre | Enero Febrero Marzo | Abril Mayo Junio | ||||
Estime sus beneficios
Utilice ID.me para iniciar sesión en el sistema Customer Self Service (CSS) y estimar sus beneficios semanales del seguro de desempleo.
Para ser elegible para recibir beneficios por desempleo, debe estar en condiciones y disponible para comenzar a trabajar de inmediato, y buscar activamente un empleo adecuado.
- Usted debe hacer contactos de búsqueda de trabajo dentro de la semana en que está reclamando sus beneficios.
- Debe contactar al menos a dos empleadores diferentes cada semana.
- Los contactos laborales no se pueden repetir con el mismo empleador a menos que esté solicitando diferentes vacantes de trabajo con ese empleador.
- Todos los contactos de búsqueda de empleo están sujetos a verificación. Su reclamación puede ser seleccionada para una auditoría.
- Debe informar todo el trabajo realizado y los salarios devengados cada semana. Esto incluye el autoempleo y el trabajo de plataformas, como la entrega de comida y los servicios de transporte compartido.
- Debe enviar los contactos de trabajo al VEC. Si presenta en línea su declaración, envíela a través del Customer Self Service. Quienes presentan solicitudes por teléfono deberán proporcionar la información básica por esa vía y luego enviar la información detallada por escrito cada cuatro semanas, utilizando el formulario de Registro de Búsqueda de Trabajo que le proporcionamos.
- Aunque prefiera el trabajo a distancia, debe estar disponible y en condiciones de aceptar un empleo que no sea remoto.
La cantidad de desempleo a la que usted tiene derecho se basa en los salarios devengados a través de un empleo cubierto durante su período base. El empleo cubierto es el trabajo realizado para un empleador que está sujeto a las leyes de impuestos sobre el desempleo de Virginia. El trabajo realizado para un empleador que no está sujeto a estas leyes no podrá ser utilizado en su reclamación.
Por ejemplo, el trabajo realizado para ciertas organizaciones religiosas y sin fines de lucro, las comisiones obtenidas como agente inmobiliario o de seguros, y los salarios percibidos por funcionarios gubernamentales electos no se consideran empleo cubierto.
Sí. Estos salarios pueden ser utilizados si estuvieron sujetos al impuesto de desempleo, fueron devengados en el período base, no han sido utilizados para establecer una reclamación de desempleo anterior y están de acuerdo con otras leyes de compensación por desempleo.
Sí. Los beneficios por desempleo están sujetos al impuesto federal sobre la renta y deben declararse como ingreso cuando usted presente su declaración de impuestos.
Para el 31de enero de cada año, el VEC le enviará un formulario 1099-G con la cantidad de beneficios por desempleo que recibió el año anterior. Si tiene un cambio de dirección, notifique al VEC antes del 27de diciembre para asegurar la entrega adecuada de su 1099-G. Su 1099-G será enviado por correo a su dirección registrada y NO será reenviado.
INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE LA PRECISIÓN DEL ESTADO DE SUELDO
Si los salarios en su Declaración de Salarios y Derechos Potenciales están registrados incorrectamente o faltan, o si hay empleadores incluidos para los que no trabajó, siga las instrucciones en su Declaración para presentar pruebas de los salarios faltantes.
Denegación de Beneficios
Es posible que cumpla con los requisitos económicos para recibir los beneficios por desempleo y, aun así, se le nieguen por otros motivos. Cualquier circunstancia que pueda impedirle recibir beneficios se considera un PROBLEMA.
Si surge un problema, es posible que le solicitemos información sobre su separación del empleo, su capacidad para trabajar o cualquier otra condición que pueda limitar su disponibilidad laboral.
Consejo rápido
Podríamos necesitar comunicarnos con usted para obtener información adicional sobre su reclamo; por ello, le recomendamos revisar su correo con frecuencia y mantener su dirección postal actualizada. La mayoría de la correspondencia puede revisarse digitalmente, y su información de contacto se puede actualizar en el Customer Self Service portal.
Si no responde a una solicitud de información, podríamos tener que denegarle los beneficios.
Podrían negarle los beneficios si se presenta alguna de las siguientes situaciones:
- Fue despedido, suspendido o se separó de su empleo anterior por conducta inapropiada.
- Renunció voluntariamente a su último empleo sin una causa justificada ni haber agotado las alternativas razonables con su empleador.
- No se encuentra en condiciones ni disponible para buscar o aceptar empleo.
- Se niega a buscar o aceptar empleo.
- Rechaza una oferta o referencia para un trabajo adecuado.
- No participa en los Servicios de Reempleo.
- Establece restricciones sobre el tipo de trabajo, salario, horario, días o ubicación que está dispuesto a aceptar.
- Trabaja a tiempo completo.
- ¿Es usted miembro de un sindicato involucrado en una huelga?
- Trabajan por cuenta propia
- Trabajó para una institución educativa (bajo ciertas condiciones)
- Recibe una pensión, pago de jubilación o renta vitalicia
- Recibe indemnización por despido, vacaciones, días festivos u otros tipos de pago
- Está recibiendo compensación al trabajador
- No es ciudadano de EE. UU. y no tiene autorización para trabajar en EE. UU.
Falta de uso de los servicios de reempleo
Los Centros de Fuerza Laboral Locales ofrecen servicios de búsqueda y colocación de empleo, como orientación, evaluaciones, talleres de búsqueda de empleo y referencias a empleadores. De acuerdo con las directrices federales, revisamos todas las reclamaciones por desempleo para identificar a quienes podrían beneficiarse más de los servicios de reempleo.
Si es seleccionado para un programa de reempleo y no puede asistir, debe comunicarse con el Centro de Trabajo local para reprogramar. La falta de participación resultará en la pérdida de los beneficios.
Rechazar una oferta de trabajo o una referencia de VEC
Si usted rechaza una oferta de trabajo, el VEC le solicitará más información. A continuación, decidiremos si el trabajo era adecuado y si usted tenía una buena razón para rechazarlo.
Si usted rechaza o no solicita un empleo adecuado sin una causa justificada, sus beneficios podrán ser denegados a partir del domingo de la semana en que ocurrió el rechazo.
Informar sobre trabajo e ingresos mientras se reciben beneficios
Debe informar cualquier tipo de actividad laboral, incluidos empleos de tiempo completo, medio tiempo, temporales, por contrato, trabajos voluntarios, capacitaciones o empleos pagados en efectivo, como cortar el césped o cuidar niños, al solicitar el seguro de desempleo. El trabajo incluye cualquier cosa que realice por pago durante la semana en la que usted reclama beneficios.
Debe reportar todas las ganancias brutas antes de impuestos, incluso si aún no le han pagado. Si no declara todos los ingresos, esto puede resultar en un pago excesivo y podría considerarse fraude.
También debe informar ingresos de otras fuentes, como jubilación, pensiones, discapacidad, trabajo por cuenta propia o subsidios de educación y formación. Todos los ingresos de cualquier fuente deben ser reportados.
Si obtiene un empleo a tiempo completo, deje de presentar solicitudes de beneficios.
Informe sobre pensiones, pagos de jubilación y anualidades
La pensión, el pago de jubilación, las anualidades o pagos similares (como un 401K) de trabajos anteriores pueden reducir sus beneficios semanales de desempleo o descalificarle. Debe informar al VEC si está recibiendo, ha solicitado o si hay algún cambio en estos pagos.
Sus beneficios semanales se reducirán por el monto total de su pensión. Si usted recibe una suma global de un plan de jubilación, es posible que se deduzca en la semana en que la reciba.
Informe sobre indemnizaciones por despido, vacaciones, días festivos y otros pagos
Debe informar las indemnizaciones por despido, el pago de vacaciones, el pago por días festivos y otros conceptos similares, como bonificaciones o pagos en lugar de aviso. Estos pueden reducir sus beneficios semanales de desempleo.
Si está solicitando o recibiendo compensación al trabajador, deberá presentar una constancia médica sobre su capacidad para trabajar.
Distribución de la retención de apoyo infantil
La División de Cumplimiento de la Manutención Infantil (DCSE) notificará al VEC de cualquier retención de manutención infantil. Si no está de acuerdo con el monto, debe comunicarse con el DCSE, ya que el VEC no puede eliminar ni reducir el monto de la distribución.
Distribución de la retención de impuestos federales
Si optó por que se le retuvieran los impuestos federales de sus beneficios semanales por desempleo, el VEC enviará el monto retenido al IRS a medida que se procese cada pago.
Distribución del sobrepago
No se pagarán beneficios en una reclamación regular de seguro de desempleo hasta que se haya recuperado cualquier sobrepago pendiente. Para recuperar el sobrepago, la Comisión de Empleo de Virginia (VEC) puede deducirlo de sus pagos de beneficios actuales o futuros.  
 
Sobrepago de beneficios
Un pago en exceso ocurre cuando usted recibe beneficios por desempleo que no debería haber recibido. Esto puede incluir el dinero pagado mientras se revisaba la apelación de su antiguo empleador, o si no nos proporcionó información que podría haber cambiado o detenido sus beneficios.
Que le paguen de más por algunos beneficios no significa que usted nunca haya tenido derecho a beneficios anteriormente, o que no será elegible en el futuro.
Los pagos en exceso se descubren de varias maneras, incluyendo:
- Información de nuevas contrataciones recibida de los empleadores
- Auditorías
- Sugerencias recibidas de la Línea Directa de Fraude del Estado
Si usted recibe beneficios a los que no tiene derecho, será responsable de reembolsar esos beneficios junto con cualquier costo, tarifa e interés asociado con la cobranza. Si otra persona cometió el error que provocó el pago incorrecto, usted seguirá siendo responsable del reembolso.
- No informar correctamente su cantidad bruta de ingresos antes de deducciones o ingresos deducibles.
- Continuar recibiendo beneficios de desempleo después de haber regresado al trabajo. Debe informar sus ingresos brutos en la semana en que los ganó, NO en la semana en que recibe su pago.
- No informar TODOS los ingresos brutos del trabajo mientras solicita beneficios.
- No proporcionar información que pueda afectar su reclamación.
- Recibir beneficios de los cuales luego es descalificado.
Sí. Cuando se determine un pago en exceso, recibirá una decisión por escrito que explicará por qué se le está pagando de más. Si no está de acuerdo con el motivo por el cual se le ha determinado un sobrepago, dispone de 30 días a partir de la fecha de emisión de la decisión para presentar una apelación. Si no cree que tiene motivos para apelar, puede ser elegible para solicitar una Exención de Reembolso que le permitirá evitar devolver el pago en exceso.
Solicite una exención de reembolso
Si le pagaron en exceso los beneficios y califica para una exención, le enviaremos por correo una solicitud de exención. Puede ver cualquier correspondencia a través de Customer Self Service. Puede renunciar al reembolso si el sobrepago no fue culpa suya y la pérdida de esos ingresos le causaría serios problemas financieros.
Debe reembolsar un sobrepago por correo. Siga las instrucciones impresas en la carta que recibió. Usted puede reembolsar en un solo pago o mediante un plan de pago en cuotas. Si no puede pagar el monto total en un solo pago, debe comunicarse inmediatamente con la Unidad de Control de Pagos de Beneficios al (804) 786-8593 para organizar un plan de pago a plazos.
Si no reembolsa el sobrepago en su totalidad, el VEC puede emplear otros métodos para recuperar el dinero adeudado, incluyendo:
- Intercepción del reembolso del impuesto sobre la renta estatal
- Intercepción del reembolso del impuesto federal sobre la renta
- Agencia de recaudación
- Procedimientos de quiebra
- Intercepción de pagos de agencias estatales (e.j., ganancias de la lotería)
- Deducción de los beneficios por desempleo actuales
No podemos pagar beneficios en una reclamación de seguro de desempleo hasta que hayamos recuperado los pagos en exceso pendientes.
Apelaciones
Le enviaremos por correo nuestra decisión sobre sus beneficios, explicando por qué fueron aprobados o denegados. Si no entiende la decisión, póngase en contacto con nosotros al (866) 832-2363.
Si no está de acuerdo con la decisión, tiene 30 días desde la fecha en que se emitió la decisión para presentar una apelación. Otras partes interesadas, como su(s) empleador(es), también pueden apelar la misma decisión. La apelación debe ser por escrito y debe explicar las razones por las que se solicita. Si se presenta una apelación, usted deberá continuar presentando su reclamo semanal cada semana.
- Debe continuar presentando su reclamo semanal mientras esté en curso el proceso de apelación, a fin de proteger sus derechos a los beneficios.
- Tenga en cuenta que los empleadores gozan de los mismos derechos de apelación.
- Si la decisión de apelación niega sus beneficios, cualquier pago recibido se considerará un sobrepago.
- Es fundamental que usted participe en la audiencia sobre la apelación del empleador para que pueda exponer su versión del caso.
Fraude y falsificación
En el contexto del seguro de desempleo, el fraude consiste en hacer intencionalmente una declaración falsa, tergiversar un hecho importante u ocultar información para obtener beneficios de desempleo. Toda la información que usted proporcione para solicitar beneficios de desempleo será verificada. Si se detecta fraude, deberá reembolsar los beneficios. También podría enfrentar cargos penales, multas o incluso penas de cárcel.
La VEC es responsable de proteger el Fondo Fiduciario del Seguro de Desempleo, que se utiliza para pagar beneficios de desempleo a quienes califican. La VEC cuenta con una unidad de detección de fraude a tiempo completo para identificar y recomendar el enjuiciamiento penal de quienes cometen fraude.
- No informar adecuadamente sobre una separación laboral
- La falta de informar adecuadamente sobre los ingresos brutos
- No informar que usted no está disponible ni capacitado para trabajar
- No informar todas las ganancias brutas de cualquier fuente
- Divulgar su Número de Identificación Personal (PIN) a cualquier persona
- Permitir que otra persona presente su reclamación semanal
- No podrá recibir beneficios por desempleo durante 52 semanas
- Tendrá que devolver los beneficios que obtuvo mediante fraude, más una penalización adicional del 15%.
- Usted podría enfrentar cargos criminales bajo la ley federal o estatal
- Usted podría ser enviado a prisión

