Normas Fiscales 87-41: Los Veinte Factores
Para ayudar a determinar si un trabajador es un empleado bajo las reglas del derecho común, el IRS identificó 20 factores que pueden indicar si el empleador puede ejercer suficiente control para establecer una relación empleador-empleado. Estos factores, establecidos en la Resolución Fiscal 87-41, se basaron en las circunstancias que los tribunales identificaron y en las que se basaron para decidir si existía una relación laboral. No todos los factores deben estar presentes para encontrar una relación empleado/empleo, pero los factores son guías que se utilizan para evaluar la probabilidad de si un individuo es un empleado o un contratista independiente.
- Instrucciones. Un empleado debe cumplir con las instrucciones sobre cuándo, dónde y cómo trabajar. El factor de control está presente si el empleador tiene derecho a exigir el cumplimiento de las instrucciones.
- Formación. Un empleado recibe capacitación continua del empleador o bajo su dirección. Los contratistas independientes utilizan sus propios métodos y no reciben capacitación de los compradores de sus servicios.
- Integración. Los servicios de un empleado se integran en las operaciones comerciales porque los servicios son importantes para la empresa. Esto demuestra que el trabajador está sujeto a la dirección y control del empleador.
- Servicios prestados personalmente. Si los servicios deben prestarse personalmente, es de suponer que el empleador está interesado en los métodos utilizados para realizar el trabajo, así como en los resultados finales. Un empleado a menudo no tiene la capacidad de asignar su trabajo a otros empleados, un contratista independiente puede asignar el trabajo a otros.
- Contratación, supervisión y pago de asistentes. Si un empleador contrata, supervisa y paga a los asistentes, el trabajador generalmente se clasifica como un empleado. Un contratista independiente contrata, supervisa y paga a los asistentes en virtud de un contrato que le exige proporcionar materiales y mano de obra y ser responsable únicamente del resultado.
- Relación continuada. Una relación continua entre el trabajador y el empleador indica que existe una relación empleador-empleado. El IRS ha descubierto que puede existir una relación continua en la que el trabajo se realiza a intervalos que se repiten con frecuencia, incluso si los intervalos son irregulares.
- Establecer horas de trabajo. Un trabajador que tiene un horario de trabajo establecido por un empleador es generalmente un empleado. Un contratista independiente establece su propio horario.
- Se requiere tiempo completo. Un empleado normalmente trabaja a tiempo completo para un empleador. Un contratista independiente es libre de trabajar cuando y para quien él o ella elija.
- Trabajos realizados en las instalaciones. El trabajo realizado en las instalaciones del empleador para el cual se realizan los servicios sugiere control del empleador y, por lo tanto, el trabajador puede ser un empleado. El Contratista Independiente puede realizar el trabajo donde lo desee, siempre y cuando se cumplan los requisitos del contrato.
- Conjunto de órdenes o secuencias. Un trabajador que debe realizar servicios en el orden o secuencia establecidos por un empleador es generalmente un empleado. El Contratista Independiente realiza el trabajo en cualquier orden o secuencia que desee.
- Informes orales o escritos. El requisito de que el trabajador presente informes periódicos o escritos al empleador indica un grado de control por parte del empleador.
- Pagos por hora, semana o mes. Los pagos por hora, semana o mes generalmente apuntan a una relación empleador-empleado.
- Pago de gastos. Si el empleador normalmente paga los gastos de negocios y/o viajes del trabajador, el trabajador es normalmente un empleado.
- Mobiliario de herramientas y materiales. Si el empleador proporciona herramientas, materiales y otros equipos significativos por parte de un empleador, el trabajador es generalmente un empleado.
- Inversión significativa. Si un trabajador tiene una inversión significativa en las instalaciones donde realiza los servicios, el trabajador puede ser un contratista independiente.
- Ganancias o pérdidas. Si el trabajador puede obtener una ganancia o sufrir una pérdida, el trabajador puede ser un contratista independiente. Por lo general, a los empleados se les paga por su tiempo y mano de obra y no tienen responsabilidad por los gastos comerciales.
- Trabajando para más de una empresa a la vez. Si un trabajador presta servicios para varias empresas no relacionadas al mismo tiempo, el trabajador puede ser un contratista independiente.
- Poner los servicios a disposición del público en general. Si un trabajador pone sus servicios a disposición del público en general de manera regular y consistente, el trabajador puede ser un contratista independiente.
- Derecho de descarga. El derecho del empleador a despedir a un trabajador es un factor que indica que el trabajador es un empleado.
- Derecho de rescisión. Si el trabajador puede dejar el trabajo en cualquier momento sin incurrir en responsabilidad, el trabajador es generalmente un empleado.
Exenciones de Virginia a la definición de "empleo"
- Propietarios-operadores o arrendatarios de camiones
- Ventas de bienes raíces y seguros basadas en comisiones
- Funcionarios elegidos
- La mayoría de los trabajadores agrícolas, a excepción de ciertos arreglos de tripulación (a menos que el empleador tenga 10 o más trabajadores en 20 semanas diferentes o un cuarto de al menos $20,000 nómina en un año calendario)
- Trabajadores sociales clínicos con licencia y otros consejeros con licencia
- Servicios domésticos en casas privadas o casas de fraternidades / hermandades universitarias (a menos que el empleador pague $1,000 o más en cualquier trimestre en un año calendario)
- Miembros de la tripulación de determinados buques pesqueros
- Estudiantes universitarios que trabajan para la escuela en la que están matriculados o en un campamento organizado
- Médicos internos
- Mayoristas de petróleo a comisión
- Taquígrafos de la corte
- Taxistas y conductores de limusinas

